Podrán solicitar y obtener la inscripción en él todas aquellas asociaciones que estén legalmente constituidas como tales, adaptadas a la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación. Podrán inscribirse asociaciones sin ánimo de lucro, que tengan por objeto la defensa, el fomento o la mejora de intereses generales o sectoriales de ámbito municipal, en particular asociaciones de vecinos, las entidades culturales o educativas, deportivas, recreativas, empresariales, profesionales y cualquier otra similar, siempre que sus fines no sean exclusivamente de carácter político, sindical, mercantil o religioso, que tengan su sede en el municipio de Santa Eulària des Riu y ejerzan su actividad.